Guarda y custodia

¿Puede un padre solicitar el cambio a su favor o la compartida cuando ha sido condenado por un delito leve de vejaciones contra la madre?

Guarda y custodia

A pesar de lo que en muchos casos se cree, no hay absolutamente ningún impedimento legal para establecer una custodia exclusiva a favor del padre cuando este ha sido condenado por un delito leve de vejación injusta hacia la madre.

El error viene porque el Código Civil excluye, eso sí, la guarda conjunta. Pero no hay ninguna indicación acerca de la posibilidad de establecer una custodia exclusiva o no a favor de cualquiera de los dos progenitores. No obstante, siendo cierto que no existe ningún impedimento legal, sucede muy pocas veces en la práctica.

No obstante lo indicado respecto a la custodia compartida en casos como el señalado, acaba de conocerse una sentencia de la Audiencia Provincial (AP) de Valladolid que interpreta ese veto del Código Civil a esta modalidad de custodia en tales supuestos, señalando que lo que debe prevalecer en todo caso es el interés del menor y confirma la custodia compartida en un caso en el que el padre había sido condenado por injurias leves.

Señala esta AP que la medida a adoptar en interés del menor no debe causar más perjuicios que beneficios, que el transcurso del tiempo es un elemento a tener en cuenta y que para valorar lo que significa, respecto al interés del menor, la condena por injurias leves impuesta al padre, ha de tenerse en cuenta que se trató de un hecho aislado y de escasa trascendencia penal (esto es, por supuesto, esencial), que no sugiere un trato degradante; a diferencia de los otras conductas castigadas de forma más grave por el Código Penal porque crean en la víctima sentimientos de angustia, temor y miedos característicos del trato degradante.

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